ENARGAS aprobó los cuadros tarifarios para usuarios residenciales Nivel 1

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ENARGAS aprobó los cuadros tarifarios para usuarios residenciales Nivel 1

El Ente Nacional Regulador del Gas emitió diez resoluciones aprobando los Cuadros Tarifarios a aplicar por parte de diez distribuidoras a los consumos realizados por usuarios Residenciales del servicio de gas natural por redes de mayores ingresos o que no se inscribieron en el registro de subsidios.

Se trata de usuarios que verán eliminados en su totalidad los subsidios tarifarios al gas en todos los componentes de la factura: Cargo Fijo; Cargo por metro cúbico de consumo; Gas PIST (en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte); Costo de Gas Retenido y Costo de Transporte.

La lista de distribuidoras con cuadros tarifarios aprobados por el Ente Regulador se integra con MetroGas;  Naturgy BAN;  GasNor;  GasNea; Camuzzi Gas Pampeana; Camuzzi Gas del Sur; Litoral Gas; Distribuidora Gas del Centro; Distribuidora de Gas Cuyana y Redengas.

La eliminación del subsidio ocurrirá en tres etapas bimestrales, a partir del 31 de agosto; del 31 de octubre; y del 31 de diciembre de este año.

Sólo tomando como referencia la evolución del precio del gas PIST a lo largo de los tres bimestres, ocurre un incremento que duplica el precio de arranque.

Así, en el área a cargo de MetroGas (Capital Federal y Gran Buenos Aires) dicho precio varía desde 13 pesos por metro cúbico, a $ 18 y a casi 26 pesos, considerando los tres bimestres.

En el caso de GasBAN la deriva de precios del PIST es de $ 13 por metro cúbico, luego $ 19 y finalmente $ 26 para el último bimestre de este año.

Para el caso de GasNor (Salta y Tucumán) la secuencia de precios del PIST en los tres últimos bimestres del año es de $ 12; $ 17 y $ 24 por m3. Pero en la zona de la Puna el gas PIST costará $ 8, $ 11 y $ 16 a fin de año.

Los nuevos Cuadros Tarifarios deberán ser publicados por la Licenciataria en un diario gráfico y/o digital de gran circulación de su área licenciada, día por medio durante por lo menos TRES (3) días dentro de los DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la notificación conforme lo dispuesto por la Ley 24.076”.