A principios de 2023, el INDEC presentó los resultados provisionales del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022 para el total del país[1].
En cuanto a las condiciones habitacionales de las viviendas particulares ocupadas[2], se consignaron 12 aspectos que permitirán conocer la realidad de las provincias argentinas, pero aquí haremos hincapié en los datos vinculados a gas y electricidad.
Cuadro 1. Total del país. Condiciones habitacionales de las viviendas particulares ocupadas, en relación al uso del gas o electricidad para cocinar, por jurisdicción, en porcentaje. Año 2022
Jurisdicción | Gas de red o electricidad para cocinar | |
1 | Santa Cruz | 95,6 |
2 | Ciudad Autónoma de Buenos Aires | 94,0 |
3 | La Pampa | 91,5 |
4 | Chubut | 89,0 |
5 | Neuquén | 88,0 |
6 | Tierra del Fuego, Antártida e Islasdel Atlántico Sur | 87,5 |
7 | Río Negro | 86,0 |
8 | Mendoza | 69,2 |
9 | Buenos Aires | 65,5 |
Promedio País | 58,4 | |
10 | San Luis | 55,9 |
11 | San Juan | 55,5 |
12 | Córdoba | 54,8 |
13 | Santa Fe | 51,8 |
14 | Salta | 50,7 |
15 | Tucumán | 44,7 |
16 | Jujuy | 38,9 |
17 | Entre Ríos | 33,2 |
18 | Santiago del Estero | 26,0 |
19 | Catamarca | 18,7 |
20 | La Rioja | 17,4 |
21 | Misiones | 5,4 |
22 | Chaco | 4,6 |
23 | Corrientes | 4,5 |
24 | Formosa | 3,0 |
Como surge del cuadro 1, solo nueve provincias se encuentran por encima de la media nacional del 58.4%, y catorce están por debajo por carecer de infraestructura de transporte o distribución de gas o electricidad.
Geográficamente, esta diferencia resulta palmaria entre las provincias de la Patagonia frente a las provincias de Cuyo, Mesopotamia y Norte del País.
En esta coyuntura, las oportunidades de crecimiento que se están presentado para la Industria hidrocarburífera argentina, en general, y para el sector del gas natural, en particular, nos interpela de manera contundente. ¿Cómo podemos reparar la desigualdad que significa la falta de acceso al gas para una parte importante de la población nacional, en un país con récord de producción hidrocarburífera?[3]
En este sentido, el Estado Nacional a través del Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino (Plan Gas.Ar)[4], promovió la generación de un nuevo marco de fijación de precios de largo plazo para el sector gasífero que se tradujera en compromisos ciertos de inversión para abastecer la demanda interna de hogares y usinas -y también industrias y GNC- prevista para el periodo 2020-2024, y renovado para el periodo 2023-2028[5].
Paralelamente, y ante las limitaciones de capacidad de evacuación que posee el sistema de gasoductos troncales del país, la Secretaria de Energía de la Nación desarrolló el Programa Transportar Gas Argentino (Transport.ar)[6], que tiene como objetivo promover el desarrollo, crecimiento de la producción y abastecimiento de gas natural; sustituir las importaciones de GNL y de Gas Oil – Fuel Oil que se utilizan para abastecer la demanda prioritaria y las centrales de generación térmica respectivamente, contribuyendo a asegurar el suministro de energía, garantizándose el abastecimiento interno en los términos de las Leyes 17.319, 24.076 y 26.741, aumentar la confiabilidad del sistema energético, optimizar el sistema de transporte nacional, potenciar las exportaciones de Gas Natural a los países limítrofes y propender a la integración gasífera regional sobre la base de los principios expuestos en las citadas normas.
Los planes mencionados para el upstream y el midstream del gas natural, son desarrollos estratégicos no solo para transformar a la República Argentina en un país productor de hidrocarburos de clase mundial, sino también para concretar las aspiraciones del autoabastecimiento interno, expandiendo las bondades del gas natural a mayor cantidad de compatriotas.
Por tal motivo, entendemos que la dicotomía entre mercado de exportación vs mercado interno, es falsa, atento que lo mejor que le puede pasar al país y a la industria del gas natural, es el desarrollo del sector upstream sobre la base de la demanda local, regional y mundial, asociado al sector de transporte con capacidad de evacuación hacia el centro norte de país y en conexión con gasoductos que deriven producción a Chile, Brasil, Uruguay y Bolivia, de modo tal de abastecer al mercado interno en su totalidad durante la época invernal y desarrollar excedentes exportables que aporten dividendos a las empresas y fortalezcan las arcas del Tesoro Nacional.
Ahora bien, estos programas de promoción para el sector de la producción y del transporte de gas natural, no han incluido el segmento de distribución de gas natural, con miras a promover el desarrollo de redes de distribución y fomentar la conectividad.
Esto resulta lógico, en el entendimiento que la ejecución de esta etapa solo puede ser viable en un escenario de producción incremental de gas asociada al aumento de la capacidad de transporte que garantice el abastecimiento de una base de demanda ampliada.
En este razonamiento, el marco regulatorio (Ley 24.076), establece para transportistas y distribuidores el sistema por el cual se llevarán a cabo las inversiones en infraestructura.[7]Pero esa normativa no se ha aplicado de manera regular en los últimos 21 años.[8]La falta de incentivo a la inversión, sumada a la declinación productiva y a la falta de capacidad de transporte,ha provocado que las acciones de desarrollo de redes de distribución hayan sido financiadas esencialmente por fondos fiduciarios[9] y por terceros[10] (cooperativas o empresas provinciales), y en parte por las mismas empresas distribuidoras.
Esta intermitencia en la aplicación regular de la Ley 24.076, ha provocado que el ritmo de expansión más considerable del sistema de distribución probablemente haya estado impulsado por los planes de Inversiones Obligatorias iniciales y los Planes de Inversión aprobados en la primera Revisión Quinquenal de Tarifas, destinados a incorporar a nuevas localidades y sectores no abastecidos, así como por la efectivización de inversiones como parte del Plan de Inversiones Obligatorias (PIO), en un contexto de crisis económica nacional registrada desde 2018[11], teniendo en consideración que desde 1995 hasta 2002, los sistemas de cañerías experimentaron una notable ampliación, con un promedio de 4,4% anual; y que en el lapso entre 2003 y 2021 la tasa de incremento se mantuvo con menor amplitud en sus variaciones interanuales, oscilando entre 1,3% (2014 y 2018) y 3% (2019), a un promedio del 1,9% anual.
Por otro lado, un tema de suma trascendencia que hace a la efectiva conectividad de nuevos usuarios de gas natural son las instalaciones internas. Sin ellas, toda la inversión de la cadena de comercialización de gas natural para el mercado interno deviene, cuando menos, ineficaz. Como ejemplo de ello, en la actualidad, puede observarse que la tasa de aumento de usuarios residenciales en relación a la tasa de crecimiento poblacional en los últimos 12 años, presenta una tendencia a la baja, pasando del 1,63 % en 2011 a -0,06 % en febrero de 2023[12].
Asimismo, en los grandes centros urbanos en los cuales existe tendido de redes de distribución de gas natural, parte de la población no tiene los medios económicos suficientes para desarrollar su instalación domiciliaria y conectarse a aquellas, si bien literalmente pasan por la puerta de sus hogares, debido a los altos costos de ingreso al sistema y al deterioro del poder adquisitivo del salario. En este sentido, en marzo de 2023 el Banco de la Nación Argentinalanzoel Programa “Mi primera llama”, el cual consiste en una línea de créditos personales destinada a personas humanas en actividad laboral, jubilados y/o pensionados para que realicen o adecuen la instalación de gas domiciliaria y se conecten a la red de distribución de gas.[13]
Sin duda alguna, este esfuerzo por desarrollar una fuente de financiamiento destinada a incrementar la conectividad de la población al servicio público de gas, es una política sumamente valiosa y necesaria, pero implementada en forma aislada por fuera de una estrategia nacional no resulta suficiente.
Para tomar dimensión de esta afirmación, resulta interesante observar el estudio realizado por el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas (IAPG) en el año 2015, denominado “El Desafío del Downstream en la Argentina”[14], en el cual abordó diversos escenarios que tienen como objetivo determinar el crecimiento sectorial necesario para viabilizar el desarrollo del país en el período2015 – 2035.El estudio concluye que en 2035 la demanda interna promedio alcanzará los 234 MMm3 /d, para lo cual será necesario adecuar el sistema de transporte, de distribución y las instalaciones internas domiciliarias.
En lo que respecta al segmento de distribución, el estudio estima que: “Se incrementará para 2035 la cantidad de clientes en más de 5 millones, alcanzando la cifra de 13,2 millones. Mientras que la penetración subirá de 56% en 2013 a 76% en 2035, con una distribución más homogénea en todo el país”.
Refiriéndose a las instalaciones internas, el estudio sostiene: “El incremento de la cantidad de clientes implica la construcción de más de 5 millones de instalaciones internas al 2035. Las instalaciones internas son el último eslabón de toda la cadena de valor de la industria del gas natural. El mantenimiento de las instalaciones internas no es responsabilidad de las Distribuidoras sino de los propietarios de las mismas, encontrándose con que las primeras tienen defectos por su antigüedad y obsolescencia. Se vuelve necesario implementar un proceso de revisión sistemático y continuo de las instalaciones internas para garantizar su buen mantenimiento y funcionamiento”.
Por último el estudio estima que se requerirán inversiones por:
a) 1.100 millones de USD por año en ampliaciones de gasoductos y obras de sustentabilidad de la infraestructura del Sistema de Transporte.
b) 620 millones de USD por año en ampliaciones de redes, ERP, obras de sustentabilidad y modernización tecnológica en los sistemas de distribución.
c) 290 millones de USD adicionales por año en las instalaciones internas de los clientes.
Reflexiones finales
Primera: Análogamente a los programas de promocióny desarrollo delos segmentos deproducción y transporte de gas natural, resulta necesario desarrollar una estrategia nacional de desarrollo del sistema de distribución, que contemple un mayor nivel de demanda teniendo en cuenta las proyecciones de crecimiento poblacional para la próxima década.
Segunda: Este plan requerirá de importantes fuentes de financiamiento (véanse las sumas estimadas en el estudio del IAPG). Por tal motivo, será imprescindible el trabajo mancomunado entre la Autoridad Regulatoria, el Sector del Trabajo, las Empresas, y los gobiernos locales.
Tercera: es importante diseñar un programa de financiamiento que contemple varias modalidades y no únicamente un plan de inversiones que pueda ser financiado por tarifas, atento que resulta muy vulnerable frente a escenarios de retracción económica y quita de subsidios a la demanda.
Cuarta: Conjuntamente a la implementación de un plan de ampliación del sistema de distribución deberá diseñarse, planificarse y ejecutarse un plan de desarrollo de nuevas instalaciones internas, que permitan la incorporación de nuevos usuariosa la red, como así también establecer mecanismos de control de las instalaciones existentes para mitigar su obsolescencia.
Quinta: Se deberá implementar un programa federal de formación profesional de carácter continuo y escalable para incorporar trabajadores al oficio, que puedan abordar el incremento de la demanda.
Sexta: Implementar un registro de matriculados de alcance federal, a los cuales poder abordar de manera homogénea en materia de programas de financiamiento, formación y actualización de contenidos, beneficios con proveedores, etc.
[2]Idem 1, Página 10
[3]https://www.enargas.gob.ar/secciones/publicaciones/divulgacion-tecnica/pdf//informe_1479.pdf, página 20
[4] https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-892-2020-344229
[5] https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-730-2022-374227/texto
[6] https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-67-2022-360655/texto
[7] Ley N° 24.076, Art. 32
[8] Ley N° 25.561 y Decreto N° 241/02
[9]Decreto N° 180/04, Art. 1
[10] Ley N° 24.076, Art 16 inc. b
[11] https://www.enargas.gob.ar/secciones/publicaciones/informes-graficos/pdf/informe_1162.pdf
[12]https://www.enargas.gob.ar/secciones/publicaciones/divulgacion-tecnica/pdf//informe_1479.pdf, pagina 9